JurídicoESEN
Order (Auto)July 17, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera

✓Claimant Eps Cruz Blanca·Respondent Ministerio De Salud Y Proteccion Y Proteccion Social

✓
Topic · hard data
Existencia De Cosa Juzgada-Autoridad Judicial Dirimió Anteriormente El Mismo Asunto.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Tercera y el Juzgado 15 Laboral del Circuito de Bogotá.

Se causa la controversia por demanda de reparación directa instaurada por Cruz Blanca EPS S.A, contra la Nación –Ministerio de Salud y Protección Social, y otros, con la cual pretende que se declare la responsabilidad patrimonial del extremo demandado por los perjuicios derivados de la falta de pago o el pago incompleto de distintas solicitudes de recobro presentadas por la EPS.

Al verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que, el 13 de septiembre de 2018, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura dirimió el conflicto de jurisdicción entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Tercera y el Juzgado 15 Laboral del Circuito de Bogotá.

En aquella oportunidad, la referida autoridad asignó el conocimiento del proceso al Juzgado 15 Laboral del Circuito de Bogotá (párr. 5).

Se verifica que respecto de aquella providencia, hay identidad de causa, de partes y de objeto con el caso que se analiza en esta oportunidad, por lo que la Sala Plena encuentra que se cumple con las condiciones para que opere el fenómeno de la cosa juzgada entre el presente asunto y el analizado en el Auto del 13 de septiembre de 2018.

La Corte decide estarse a lo resuelto en el Auto referido y resuelve remitir el expediente al Juzgado 15 Laboral del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Tercera.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. ESTARSE A LO RESUELTO por el Consejo Superior de la Judicatura en el auto del 13 de septiembre de 2018, en que la Sala Jurisdiccional Disciplinaria resolvió que la competencia para conocer este asunto es de la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral, en cabeza del Juzgado 15 Laboral del Circuito de Bogotá.
  2. Segundo. Por medio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5449 al Juzgado 15 Laboral del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Tribunal Administrativo de Cundinamarca - Sección Tercera.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.